Por Jarlen Espinosa
Hace poco nos referimos a la pobre información que ofrece el portal en la web de la alcaldía de SDN, en materia de transparencia.
En nuestro artículo detallamos las faltas de informaciones que muestran varias secciones del referido portal.
Dado esto Noticias SDN estuvo conversando con un alto funcionario del Ayuntamiento, quien nos reveló que «los distintos departamentos no suplen las informaciones«, para que estas sean difundidas a través del sitio web correspondiente alcaldiasdn.gov.do.
Ley 200-04
En ese sentido habría que ver que imposibilita a esos departamentos a entregar las informaciones necesarias, para que el ASDN cumpla con lo establecido en la Ley 200-04, especialmente en su artículo 3.
«Artículo 3.- Todos los actos y actividades de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, incluyendo los actos y actividades administrativas de los Poderes Legislativo y Judicial, así como la información referida a su funcionamiento estarán sometidos a publicidad, en consecuencia, será obligatorio para el Estado Dominicano y todos sus poderes y organismos autónomos, autárquicos, centralizados y/o descentralizados, la presentación de un servicio permanente y actualizado de
información referida a:
a) Presupuestos y cálculos de recursos y gastos aprobados, su evolución y estado de ejecución;
b) Programas y proyectos, sus presupuestos, plazos, ejecución y supervisión;
c) Llamado a licitaciones, concursos, compras, gastos y resultados;
d) Listados de funcionarios, legisladores, magistrados, empleados, categorías, funciones y
remuneraciones, y la declaración jurada patrimonial cuando su presentación corresponda por ley;
e) Listado de beneficiarios de programas asistenciales, subsidios, becas, jubilaciones, pensiones y
retiros;
f) Estado de cuentas de la deuda pública, sus vencimientos y pagos;
g) Leyes, decretos, resoluciones, disposiciones, marcos regulatorios y cualquier otro tipo de normativa;
h) Índices, estadísticas y valores oficiales;
i) Marcos regulatorios legales y contractuales para la prestación de los servicios públicos, condiciones,
negociaciones, cuadros tarifarios, y sanciones;
j) Toda otra información cuya disponibilidad al público sea dispuesta en leyes especiales.»
Lo mencionado en los párrafos anteriores, no es algo con lo que la nueva administración del Ayuntamiento esté cumpliendo al pie de la letra, lo que se puede observar si se accede al portal de la entidad.
A parte de que «los distintos departamentos no suplen las informaciones» para que se cumpla lo establecido por la Ley 200-04, otra información que nos fue suministrada, es el hecho de que «el portal anterior quien lo tenía no quiso entregarlo alegando deudas«.
¿Qué tipo de deudas serían estas?
¿Porqué negarse a entregar un portal que se supone pertenece a la alcaldía?
¿Cuándo «los distintos departamentos» contribuirán para que el Ayuntamiento de SDN cumpla a totalidad con lo estipulado en el artículo 3 de la Ley 200-04?